Biblioteca jurídica TRLC

Ley Concursal Comentada y Actualizada · Libro II

Texto legal y comentario práctico

Este libro incorpora los artículos detectados en el texto consolidado del TRLC, con texto legal, comentario práctico y enlaces a servicios relacionados.

Avance actual: 105 de 105 artículos incorporados (100.0%).

Fuente de contraste: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Artículos ya incorporados

  1. Artículo 583. Presupuesto subjetivo.
  2. Artículo 584. Presupuesto objetivo.
  3. Artículo 585. Comunicación de la apertura de negociaciones.
  4. Artículo 586. Contenido de la comunicación.
  5. Artículo 587. Comunicación conjunta.
  6. Artículo 588. Resolución sobre la comunicación.
  7. Artículo 589. Control de la competencia internacional y territorial.
  8. Artículo 590. Contenido de la resolución.
  9. Artículo 591. Publicidad de la resolución.
  10. Artículo 592. Declinatoria.
  11. Artículo 593. Carácter exclusivo y excluyente de la jurisdicción.
  12. Artículo 594. Regla general.
  13. Artículo 595. Efectos de la comunicación sobre los créditos a plazo.
  14. Artículo 596. Garantía de terceros.
  15. Artículo 597. Principio general de vigencia de los contratos.
  16. Artículo 598. Resolución de contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento.
  17. Artículo 599. Especialidades para determinados acuerdos de compensación contractual.
  18. Artículo 600. Prohibición legal de iniciación de ejecuciones.
  19. Artículo 601. Suspensión legal de las ejecuciones en tramitación.
  20. Artículo 602. Prohibición general o individual de iniciación o suspensión de ejecuciones por decisión judicial.
  21. Artículo 603. De la ejecución de garantías reales.
  22. Artículo 604. Posibilidad de iniciar o reanudar las ejecuciones.
  23. Artículo 605. Exclusión de acreedores públicos.
  24. Artículo 606. Acreedores no afectados.
  25. Artículo 607. Prórroga de los efectos de la comunicación.
  26. Artículo 608. Levantamiento de la prórroga o de sus efectos frente a determinados acreedores.
  27. Artículo 609. Prohibición temporal de nuevas comunicaciones.
  28. Artículo 610. Efectos de la comunicación sobre la solicitud de concurso a instancia de legitimados distintos del deudor.
  29. Artículo 611. Exigibilidad del deber legal de solicitar el concurso.
  30. Artículo 612. Suspensión de la solicitud de concurso voluntario.
  31. Artículo 613. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas cualificadas.
  32. Artículo 614. Concepto.
  33. Artículo 615. Ámbito objetivo.
  34. Artículo 616. Créditos afectados.
  35. Artículo 616. bis. Créditos de Derecho público.
  36. Artículo 617. Reglas de cómputo de créditos.
  37. Artículo 618. Principio general de vigencia de los contratos.
  38. Artículo 619. Especialidades para determinados acuerdos de compensación contractual.
  39. Artículo 620. Resolución de contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento en interés de la reestructuración.
  40. Artículo 621. Contratos de alta dirección.
  41. Artículo 622. Clases de créditos.
  42. Artículo 623. Criterios generales de formación de clases.
  43. Artículo 624. Créditos con garantía real.
  44. Artículo 624. bis. Créditos de derecho público.
  45. Artículo 625. Confirmación judicial facultativa de las clases de acreedores.
  46. Artículo 626. Procedimiento para la confirmación judicial de las clases.
  47. Artículo 627. Comunicación de la propuesta.
  48. Artículo 628. Derecho de voto.
  49. Artículo 628. bis. Derechos de información y consulta de las personas trabajadoras.
  50. Artículo 629. Aprobación del plan de reestructuración por cada clase de créditos.
  51. Artículo 630. Pactos de sindicación.
  52. Artículo 631. Decisión de los socios sobre la aprobación del plan.
  53. Artículo 632. Régimen especial de la conversión en acciones o participaciones sociales.
  54. Artículo 633. Contenido del plan de reestructuración.
  55. Artículo 634. Formalización del plan de reestructuración.
  56. Artículo 635. Homologación judicial.
  57. Artículo 636. Presupuesto objetivo.
  58. Artículo 637. Suspensión de la solicitud de concurso voluntario.
  59. Artículo 638. Requisitos para la homologación del plan de reestructuración aprobado por todas las clases de acreedores.
  60. Artículo 639. Requisitos para la homologación del plan de reestructuración no aprobado por todas las clases de acreedores.
  61. Artículo 640. Aprobación por el deudor y, en su caso, los socios.
  62. Artículo 641. Competencia para la homologación.
  63. Artículo 642. Planes conjuntos de reestructuración.
  64. Artículo 643. Solicitud de la homologación.
  65. Artículo 644. Admisión a trámite.
  66. Artículo 645. Publicación de la providencia.
  67. Artículo 646. Impugnación de la competencia.
  68. Artículo 647. Auto de homologación.
  69. Artículo 648. Publicidad del auto de homologación.
  70. Artículo 649. Eficacia del auto de homologación.
  71. Artículo 650. Actos de ejecución del plan.
  72. Artículo 651. Titulares de derechos de garantía real.
  73. Artículo 652. Garantías de terceros.
  74. Artículo 653. Impugnación de la homologación.
  75. Artículo 654. Impugnación del auto de homologación del plan aprobado por todas las clases de créditos.
  76. Artículo 655. Impugnación del auto de homologación del plan no aprobado por todas las clases de crédito.
  77. Artículo 656. Impugnación del auto de homologación del plan no aprobado por los socios.
  78. Artículo 657. Impugnación de la resolución de contratos.
  79. Artículo 658. Tramitación de la impugnación.
  80. Artículo 659. Sentencia.
  81. Artículo 660. Efectos de la impugnación.
  82. Artículo 661. Efectos de la sentencia estimatoria de la impugnación.
  83. Artículo 662. Solicitud de homologación con fase de contradicción previa.
  84. Artículo 663. Especialidades.
  85. Artículo 664. Prohibición temporal de nuevas solicitudes.
  86. Artículo 665. Financiación interina.
  87. Artículo 666. Nueva financiación.
  88. Artículo 667. Protección frente a acciones rescisorias.
  89. Artículo 668. Financiación de personas especialmente relacionadas con el deudor.
  90. Artículo 669. Control judicial.
  91. Artículo 670. Motivos de impugnación u oposición de efecto limitado.
  92. Artículo 671. Incumplimiento del plan de reestructuración.
  93. Artículo 672. Nombramiento obligatorio de experto.
  94. Artículo 673. Supuesto especial de nombramiento de experto.
  95. Artículo 674. Condiciones subjetivas.
  96. Artículo 675. Incompatibilidades y prohibiciones.
  97. Artículo 676. Nombramiento del experto por el juez.
  98. Artículo 677. Impugnación del nombramiento.
  99. Artículo 678. Sustitución del experto.
  100. Artículo 679. Funciones del experto.
  101. Artículo 680. Deberes de diligencia, independencia e imparcialidad.
  102. Artículo 681. Responsabilidad civil del experto.
  103. Artículo 682. Ámbito de aplicación.
  104. Artículo 683. Especialidades en materia de comunicación.
  105. Artículo 684. Especialidades en materia de plan de reestructuración.
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