Artículo 648 TRLC. Publicidad del auto de homologación.

Ley Concursal comentada · Libro II · De la homologación de los planes de reestructuración

Artículo 648 TRLC. Publicidad del auto de homologación.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

El auto de homologación del plan se publicará de inmediato en el Registro público concursal.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Notas de actualización normativa

  • Se modifica por el art. único.152 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580

Comentario práctico de Adara Legal

Al igual que la admisión a trámite, el auto final que homologa el plan debe ser objeto de publicidad registral inmediata.

– Publicación: El auto se publicará de inmediato en el Registro Público Concursal .

– Efectos de la Publicación: Esta publicación da eficacia erga omnes al plan y marca el inicio del plazo de quince días para interponer la impugnación ante la Audiencia Provincial.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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