Artículo 636 TRLC. Presupuesto objetivo.

Ley Concursal comentada · Libro II · De la homologación de los planes de reestructuración

Artículo 636 TRLC. Presupuesto objetivo.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

1. La homologación judicial del plan de reestructuración aprobado de conformidad con lo previsto en este título se podrá solicitar cuando el deudor se encuentre en probabilidad de insolvencia o en estado de insolvencia inminente.

2. Cuando el deudor se encuentre en estado de insolvencia actual, se podrá solicitar la homologación del plan siempre que no hubiera sido admitida a trámite solicitud de concurso necesario.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Notas de actualización normativa

  • Se modifica por el art. único.152 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580

Comentario práctico de Adara Legal

Este artículo establece el momento en que se puede solicitar la homologación de un plan.

– Regla General: La homologación está pensada como una herramienta preventiva , por lo que se puede solicitar en los estadios de probabilidad de insolvencia e insolvencia inminente .

– Limitación en Insolvencia Actual: También es posible en insolvencia actual, pero no si un acreedor ya ha instado un concurso necesario y este ha sido admitido a trámite . Se busca evitar que la homologación se utilice para eludir un concurso ya en marcha.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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