Un magistrate de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha elevadas sus dudas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre si el modelo autónomo que Glovo utilizaba para sus repartidores entre 2019 y 2021 es compatible con la normativa europea de ordenación del tiempo de trabajo. Así lo publica El País.
El auto, dictado el 5 de mayo de 2026, se enmarca en un litigio sobre una sanción de casi 570.000 euros a Glovo por usar falsos autónomos. El sistema en cuestión, denominado Slot 2, permitía a los repartidores rechazar pedidos y trabajar para competidores, pero el algoritmo premaba a quienes más pedidos aceptaban a la hora de asignar turnos, lo que la Seguridad Social considera una prueba de subordinación empresarial. Glovo defiende que el diseño arquitectónico del sistema «erradicaba cualquier vestigio de dependencia».
El judge plantea al TJUE si estar sometidos a control algorítmico que condiciona el acceso a franjas horarias más rentables constituye «tiempo de trabajo» a disposición del empresario. Delivery Hero, dueña de Glovo en España, afronta liquidaciones y sanciones por cuotas impagadas y contratación irregular de repartidores por importe de entre 520 y 860 millones de euros. El modelo autónomo fue abandonado en 2025, cuando Glovo pasó a un sistema asalariado.
Lectura Adara Legal
La cuestión prejudicial tiene un alcance que trasciende el caso конкретной: define cómo se califica el control algorítmico en plataformas digitales a efectos laborales y de Seguridad Social. Para empresas de plataformas, laboralistas y compliance, el fallo del TJUE determinará el estándar aplicable al uso de algoritmos de gestión de flota y la documentación necesaria para acreditar la genuina autonomía de los prestadores de servicios.