El Tribunal Supremo ha cambiado de forma decisiva su doctrina sobre el abuso de la temporalidad en el sector público. En una sentencia de unificación de doctrina conocida esta semana, el alto tribunal establece que el personal laboral temporal de las Administraciones públicas ya no podrá convertirse de forma automática en «indefinido no fijo», sino que deberá litigar para obtener bien la fijeza —si superó un proceso selectivo para plaza fija— bien una indemnización compensatoria de hasta 10.000 euros.
La resolución, dictada por la Sala General del Social, responde a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Obadal, que obligaba a España a ofrecer una reparación efectiva contra el abuso en la contratación temporal pública. La nueva doctrina abandona la figura del indefinido no fijo y abre dos vías: la conversión en fijo, si se respectaron los principios de igualdad, mérito y capacidad, o una indemnización complementaria que podrá acumularse a la extinción ordinaria y que el Supremo fija como criterio orientador entre 5.001 y 10.000 euros en su grado máximo.
El cambio de criterio anticipa una «judicialización masiva» en la jurisdicción social. Según la EPA del primer trimestre, hay 981.000 empleados temporales en el sector público (tasa del 26,8%), con especial concentración en País Vasco (38,5%), Canarias (37,8%) y Navarra (34,9%). Los sindicatos han valorado el avance, pero exigen una reforma legal que garantice estabilidad estructural.
La sentencia también establece que el juzgado que detecte abuso de temporalidad deberá remitir testimonio a la Inspección de Trabajo para incoar expediente sancionador contra la Administración empleadora.