La Audiencia Nacional ha confirmado la obligación del Estado de indemnizar con 73.692 euros a una mujer por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. El daño se produjo por la subasta indebida de su vivienda en un procedimiento de ejecución seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander.

La interesada había adquirido la finca en 2001 pero no la inscribió en el Registro de la Propiedad. Fue embargada y subastada para satisfacer una deuda de la anterior propietaria, que sí figuraba como titular registral. La Audiencia Nacional apreció que el juzgado incurrió en un incumplimiento de la Ley de Enjuiciamiento Civil al no practicar un trámite de audiencia que hubiera permitido defender la propiedad.

La resolución, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, considera que la cuantía reconocida —diferencia entre el precio de adjudicación y el sobrante entregado— es «suficiente para compensar el perjuicio actual» y recuerda que la falta de inscripción del título por parte de la demandante también contribuyó al daño.

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