Ley Concursal comentada · Libro I · De la tramitación del procedimiento
Artículo 523 TRLC. Aplicación obligatoria del procedimiento abreviado.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Notas de actualización normativa
- Se suprime por el art. único.135 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580
Comentario práctico de Adara Legal
Este artículo, que establecía los criterios para la aplicación obligatoria del procedimiento abreviado, ha sido suprimido por la Ley 16/2022 al derogarse dicho procedimiento. La jurisprudencia había clarificado que los dos requisitos (ser persona autorizada a presentar balance abreviado y tener un pasivo inferior a la cuantía legal) eran acumulativos y debían concurrir ambos para que la aplicación del abreviado fuera preceptiva (Auto JM-2 Bilbao 17.02.2006).
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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