Artículo 314 TRLC. Ejecución provisional de la resolución judicial relativa a la modificación de la lista definitiva de acreedores.

Ley Concursal comentada · Libro I · De la modificación de la lista definitiva de acreedores

Artículo 314 TRLC. Ejecución provisional de la resolución judicial relativa a la modificación de la lista definitiva de acreedores.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

El juez, a petición de parte, podrá acordar la ejecución provisional de la resolución relativa a la modificación de la lista definitiva de acreedores a fin de que:

1.º La modificación se admita provisionalmente, en todo o en parte, a los efectos del ejercicio de los derechos de adhesión y voto y para el cálculo de las mayorías necesarias para la aceptación de la propuesta de convenio.

2.º Los pagos a realizar tengan en cuenta las modificaciones pretendidas, quedando, no obstante, las cantidades correspondientes en la masa activa hasta que sea firme la resolución que decida sobre la modificación pretendida, salvo que garantice su devolución por aval o fianza suficiente.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Comentario práctico de Adara Legal

El juez puede acordar la ejecución provisional de la sentencia que modifica la lista. Esto permite, por ejemplo, que un acreedor cuyo crédito ha sido reconocido provisionalmente pueda votar en el convenio, o que se reserve el dinero para su pago, aunque la sentencia aún no sea firme. Se busca así agilizar los efectos de la modificación en espera de la firmeza judicial.
TÍTULO VII: Del convenio
CAPÍTULO I: De la propuesta de convenio

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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