Artículo 301 TRLC. Publicidad de las impugnaciones.

Ley Concursal comentada · Libro I · De la impugnación del inventario y de la lista de acreedores

Artículo 301 TRLC. Publicidad de las impugnaciones.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

(Suprimido)

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Notas de actualización normativa

  • Se suprime por el art. único.68 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580

Comentario práctico de Adara Legal

Este artículo, que regulaba la publicidad de las demandas incidentales de impugnación, fue suprimido para simplificar la ley. La publicidad general del procedimiento a través del Registro Público Concursal y las notificaciones a las partes personadas ya garantizan suficientemente el conocimiento de la existencia de estas impugnaciones.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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