Ley Concursal comentada · Libro I · De los créditos contra la masa activa
Artículo 246 TRLC. Reconocimiento de créditos contra la masa.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
El reconocimiento de créditos contra la masa corresponderá a la administración concursal.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comentario práctico de Adara Legal
El reconocimiento de los créditos contra la masa es una función de la administración concursal. A diferencia de los créditos concursales, no requieren una comunicación formal ni se integran en la lista de acreedores, pero la AC debe llevar un control exhaustivo de su existencia y cuantía para garantizar su pago preferente.
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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