Confilegal publica que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha declarado nulo el cese de la directora-gerente de Tudela Cultura, una entidad pública empresarial local, al apreciar discriminación por razón de salud.

La Sala reconoce que la relación era de alta dirección y que existía una facultad de desistimiento, pero subraya que esa libertad empresarial no puede utilizarse cuando la causa real de la extinción está vinculada a una baja médica.

La resolución confirma la readmisión, el abono de salarios dejados de percibir y una indemnización de 25.000 euros por daños morales, tomando como referencia la gravedad de una conducta empresarial discriminatoria.

La noticia es relevante para empresas y órganos de dirección porque recuerda que la pérdida de confianza debe poder explicarse con razones objetivas y ajenas a cualquier circunstancia protegida por derechos fundamentales.

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El régimen de alta dirección ofrece más flexibilidad extintiva, pero no desplaza los límites derivados de la igualdad y la no discriminación.
Tras la Ley 15/2022, la enfermedad o condición de salud exige especial prudencia probatoria cuando una empresa decide cesar a una persona trabajadora durante una baja.
Las cartas de desistimiento y la trazabilidad previa de la decisión son claves para demostrar que la causa real no es discriminatoria.

Fuente original: Confilegal, 14 de septiembre de 2026.

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