Artículo 718 TRLC. Régimen general aplicable a la calificación abreviada.

Ley Concursal comentada · Libro III · Calificación abreviada del procedimiento especial

Artículo 718 TRLC. Régimen general aplicable a la calificación abreviada.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

1. Resultará aplicable la regulación del libro primero respecto de las disposiciones generales de la calificación del concurso y de la sentencia de calificación.

2. Respecto a las presunciones de culpabilidad, se considerará además como presunción, sin admitir prueba en contrario, la provisión de información o documentación gravemente inexacta o falsa de acuerdo con el artículo 688.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Notas de actualización normativa

  • Se modifica por el art. único.153 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, con efectos desde el 1 de enero de 2023, según establece su disposición final 19. Ref. BOE-A-2022-14580

Comentario práctico de Adara Legal

La calificación abreviada se rige supletoriamente por las normas generales de calificación del Libro Primero. Se añade una presunción absoluta de culpabilidad: si el deudor proporcionó información falsa o gravemente inexacta en los formularios del procedimiento especial, el concurso se calificará como culpable sin admitir prueba en contrario, reforzando la exigencia de veracidad.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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