El BOE ha publicado una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que estima parcialmente un recurso contra el Real Decreto 1155/2024, por el que se aprobó el Reglamento de Extranjería.
La resolución declara la nulidad de pleno derecho de diversos incisos del reglamento, entre ellos previsiones relativas a autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada, requisitos familiares y denegaciones automáticas por antecedentes penales en determinados supuestos.
El fallo también afecta a la obligación de relación electrónica en procedimientos de extranjería, al considerar que una imposición de este tipo exige justificación y proporcionalidad conforme a la normativa administrativa.
La sentencia ordena la publicación del fallo en el BOE, lo que le da una proyección normativa inmediata para administraciones, empresas, trabajadores extranjeros y operadores jurídicos.
La decisión no anula todo el reglamento, pero sí obliga a revisar la aplicación de los preceptos afectados y la motivación administrativa en los expedientes que dependan de ellos.
Lectura Adara Legal
La anulación parcial de un reglamento muestra la intensidad del control judicial sobre normas administrativas que afectan a derechos, residencia y actividad laboral.
Para empresas que recurren a autorizaciones de temporada o gestionan contratación internacional, el cambio puede incidir en planificación de personal y cumplimiento documental.
La sentencia refuerza la exigencia de ponderación individualizada frente a automatismos administrativos, especialmente cuando están en juego situaciones familiares o derechos derivados del Derecho de la Unión.
La cuestión electrónica es importante: digitalizar procedimientos no permite excluir a colectivos si la obligación no está suficientemente justificada.
Las administraciones deberán ajustar criterios internos, instrucciones y formularios a los incisos anulados.
Los expedientes pendientes o recientemente resueltos pueden requerir una revisión técnica si descansaban en las previsiones declaradas nulas.
Fuente original: BOE, 2026-09-22.
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