Artículo 327 TRLC. Propuesta de convenio con conversión de créditos.

Ley Concursal comentada · Libro I · De la propuesta de convenio

Artículo 327 TRLC. Propuesta de convenio con conversión de créditos.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de las alternativas la conversión de los créditos en acciones, participaciones o cuotas o en obligaciones convertibles de la propia sociedad concursada o de otra sociedad, o la conversión de los créditos en créditos participativos por período no superior a diez años, en créditos subordinados, en créditos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero con características, rango o vencimiento distintos de aquellos que tuvieran los créditos originarios.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Notas de actualización normativa

  • Se suprime el apartado 2 y se deja el apartado 1 sin numeración, por el art. único.73 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580

Comentario práctico de Adara Legal

Este artículo detalla las opciones de "reestructuración financiera" que se pueden ofrecer como alternativa. La más común es la capitalización de deuda (convertir el crédito en acciones o participaciones sociales), pero también se contemplan otras fórmulas como la conversión en créditos participativos o subordinados, que mejoran la estructura de balance de la empresa.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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