Artículo 191 TRLC. Contratos de carácter privado.

Ley Concursal comentada · Libro I · De los efectos sobre los contratos

Artículo 191 TRLC. Contratos de carácter privado.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

En defecto de legislación específica, los efectos de la declaración de concurso sobre los contratos de carácter privado celebrados por el concursado con las Administraciones públicas y otras entidades del sector público se regirán por lo establecido en esta ley.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Comentario práctico de Adara Legal

Mientras que los contratos administrativos tienen un régimen especial, los contratos privados celebrados por el concursado con las Administraciones Públicas se rigen por las normas generales de la Ley Concursal. Esto significa que la Administración Pública actúa como cualquier otra parte contractual privada, sin gozar de privilegios especiales en cuanto a la vigencia o resolución del contrato, en defecto de normativa sectorial específica.
TÍTULO IV: De la masa activa
CAPÍTULO I: De la composición de la masa activa

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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