Fuente: Expansión.

Lectura Adara Legal

Expansión informa de que el 1 de julio finaliza el periodo transitorio para que los proveedores de servicios de criptoactivos operen con autorización MiCA en la Unión Europea.

La consecuencia práctica es que las plataformas que no cuenten con esa autorización deben cesar o pausar sus servicios hasta obtener la licencia correspondiente.

La información recuerda que los usuarios pueden comprobar si su proveedor figura autorizado en los registros públicos de la CNMV y de ESMA.

El nuevo marco afecta tanto a plataformas especializadas como a entidades financieras y fintech que prestan servicios relacionados con criptoactivos.

Por qué importa

MiCA transforma el mercado cripto de un entorno de registro y supervisión dispersa a un sistema de autorización regulada con requisitos de gobierno, protección del cliente y pasaporte europeo.

Para empresas, el riesgo principal ya no es solo tecnológico o comercial. También hay riesgo regulatorio, contractual y de responsabilidad frente a clientes si se presta servicio sin habilitación suficiente.

Antes de contratar o mantener actividad con una plataforma, conviene verificar la autorización, el país supervisor, el tipo de servicio permitido y las condiciones de custodia o retirada de activos.

En Adara Legal podemos ayudarte en este asunto. Si esta cuestión afecta a tu empresa, a tu patrimonio o a una situación jurídica cercana, puedes consultar nuestros servicios relacionados aquí: derecho mercantil, societario y cumplimiento empresarial.

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