Ley Concursal comentada · Libro I · De las especialidades del concurso por razón de la persona del deudor
Artículo 580 TRLC. Legitimación adicional para presentar propuesta de convenio.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
En los concursos de empresas concesionarias de obras y servicios públicos o contratistas de las administraciones públicas, además de los legitimados con carácter general para presentar propuesta de convenio, podrán presentarla las administraciones públicas, incluidos los organismos, entidades y sociedades mercantiles vinculadas o dependientes de ellas, aunque no sean acreedores, en las mismas condiciones de tiempo, forma y contenido establecidas en esta ley.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comentario práctico de Adara Legal
En estos concursos, se concede una legitimación extraordinaria a la Administración Pública contratante. Puede presentar una propuesta de convenio aunque no sea acreedora de la empresa. Esta medida busca proteger el interés público, permitiendo a la Administración proponer una solución que garantice la finalización de la obra o la continuidad del servicio público, actuando como un actor clave en la reestructuración.
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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