Artículo 223 TRLC. Exclusiones a la subrogación por voluntad del adquirente.

Ley Concursal comentada · Libro I · De la conservación y de la enajenación de la masa activa

Artículo 223 TRLC. Exclusiones a la subrogación por voluntad del adquirente.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

La transmisión de una unidad productiva no implicará la subrogación del cesionario respecto de aquellas licencias, autorizaciones o contratos no laborales en los que el adquirente, al formular la oferta, haya manifestado expresamente su intención de no subrogarse.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Comentario práctico de Adara Legal

Aunque la subrogación es la regla general, el adquirente tiene la facultad de excluir ciertos contratos o licencias (no laborales) de la transmisión. Para ello, debe manifestarlo expresamente en su oferta de compra. Esto le permite configurar la unidad productiva a su medida, asumiendo solo los contratos que le interesen.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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