Artículo 21 TRLC. Citación para la vista.

Ley Concursal comentada · Libro I · De la declaración de concurso a solicitud de acreedor y de otros legitimados

Artículo 21 TRLC. Citación para la vista.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-12.

Texto del artículo

En caso de oposición, el Letrado de la Administración de Justicia, al siguiente día, citará a las partes a una vista, a celebrar en el plazo de los diez días siguientes a aquel en que hubiera formulado oposición, previniéndolas para que comparezcan a ella con todos los medios de la prueba que pueda practicarse en el acto y, si el deudor estuviera obligado legalmente a la llevanza de contabilidad, advirtiendo a este para que comparezca con los libros contables de llevanza obligatoria.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Comentario práctico de Adara Legal

Si el deudor se opone, se abre un trámite contradictorio. El LAJ convoca a las partes a una vista que debe celebrarse en un plazo breve de diez días. Es crucial el requerimiento al deudor para que acuda con sus libros contables, ya que su contabilidad será un medio de prueba fundamental para acreditar su solvencia.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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