Fuente: El País.

El País publica este 18 de junio una noticia sobre una sentencia del Tribunal Supremo que estrecha el margen de plataformas digitales y operadores logísticos para recurrir a subcontratas de repartidores cuando, en la práctica, la organización del trabajo queda integrada en la estructura de la empresa principal.

La información sitúa el caso en el modelo de reparto de DHL y destaca que el análisis judicial atiende a la realidad efectiva de la prestación: uso de medios, instrucciones, control operativo y dependencia funcional, más allá de la forma contractual elegida por las empresas.

La clave jurídica es que la subcontratación puede convertirse en cesión ilegal de trabajadores si la contratista se limita a aportar mano de obra y la empresa principal conserva el poder real de dirección y control.

La sentencia es relevante para operadores logísticos, plataformas y empresas que organizan servicios de última milla porque obliga a revisar contratos, sistemas de control y reparto real de responsabilidades laborales.

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