Fuente: Expansión.
Expansión analiza recientes pronunciamientos del Tribunal Supremo que flexibilizan la aplicación de los beneficios fiscales de la empresa familiar cuando la actividad económica se desarrolla dentro de una estructura societaria integrada.
La información destaca que el Tribunal desplaza el foco desde la ubicación formal de un contrato de trabajo hacia la existencia de una auténtica organización empresarial. En estructuras de grupo, el análisis no puede limitarse a una fotografía aislada de cada sociedad si existe integración económica y funcional real.
El criterio no convierte estos beneficios en automáticos. Al contrario, aumenta la importancia de probar la realidad de la organización, la asignación de funciones, los contratos intragrupo, la imputación de costes y la continuidad de la actividad empresarial.
La noticia tiene interés para empresas familiares, grupos societarios y patrimonios empresariales porque afecta a la preparación de sucesiones, comprobaciones tributarias y litigios sobre beneficios fiscales en Patrimonio y Sucesiones.
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