La Agencia Española de Protección de Datos ha desestimado el recurso de reposición de Digi Spain Telecom y ha ratificado una sanción de 120.000 euros por infracción del artículo 6.1 del RGPD, según publica Cinco Días, que afirma haber accedido al expediente.

El caso parte de un duplicado de tarjeta SIM emitido en enero de 2022. Según esa información, un tercero habría obtenido el duplicado en un punto de venta presencial y lo habría utilizado para interceptar mensajes de verificación bancaria y ordenar operaciones no autorizadas en la cuenta del titular de la línea.

La resolución citada por el diario considera que el SIM swapping es un riesgo previsible en el sector de telecomunicaciones y reprocha a la operadora no haber acreditado suficientemente las comprobaciones de identidad realizadas. Entre los elementos destacados figuran la tramitación desde una comunidad autónoma distinta a la de residencia del titular y la falta de documentación que justificara la emisión del duplicado.

La noticia tiene interés práctico porque recuerda que las empresas que tratan datos personales no pueden limitarse a invocar la actuación fraudulenta de un tercero. En escenarios de suplantación, la clave suele estar en probar qué controles existían, cómo se aplicaron en el caso concreto y si las alertas internas fueron revisadas con diligencia.

Digi, según la misma fuente, sostiene que la sanción no es firme, que ha recurrido ante la Audiencia Nacional y que ha reforzado sus protocolos de verificación para reducir el riesgo de duplicados fraudulentos.

Fuente: Cinco Días.

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