Fuente: El País.
Lectura Adara Legal
El País informa de una sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 11 de junio, que considera abusiva y opaca la práctica de imponer al cliente hipotecario el pago anticipado de una prima única de seguro de vida vinculada al préstamo.
El caso afecta a un préstamo suscrito en 2017 con Banco Popular, posteriormente integrado en Banco Santander, en el que el cliente abonó 24.467,62 euros a una aseguradora del grupo por un seguro de amortización de crédito por fallecimiento.
La información destaca que la escritura del préstamo no recogía de forma clara ese contrato de seguro de vida, que se documentó aparte, y que no se ofrecieron alternativas reales al consumidor.
El fallo obliga a devolver la cantidad pagada por esa prima, con el alcance que corresponda según las circunstancias del contrato y la reclamación ejercitada.
Por qué importa
La resolución refuerza la importancia del control de transparencia en productos accesorios a la hipoteca, especialmente cuando el coste se cobra de una sola vez y queda financiado durante toda la vida del préstamo.
No toda contratación de seguro vinculado es automáticamente nula, pero sí exige información clara, posibilidad real de elección y ausencia de imposición abusiva.
Para consumidores y entidades, el análisis debe revisar escritura, documentación separada, coste financiado, alternativas ofrecidas y plazo de reclamación.
En Adara Legal podemos ayudarte en este asunto. Si esta cuestión afecta a tu empresa, a tu patrimonio o a una situación jurídica cercana, puedes consultar nuestros servicios relacionados aquí: abogados expertos en gastos hipotecarios y cláusulas abusivas.