Ley Concursal comentada · Libro I · De la aceptación de la propuesta de convenio
Artículo 378 TRLC. Trato singular.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
1. Para que se considere aceptada una propuesta de convenio que atribuya un trato singular a ciertos créditos o a grupos de créditos determinados por sus características será preciso, además de la obtención de la mayoría que corresponda, la adhesión, en la misma proporción, del pasivo no afectado por el trato singular.
2. A estos efectos, no se considerará que existe un trato singular cuando la propuesta de convenio mantenga a favor de los acreedores privilegiados que se adhieran a la propuesta las ventajas propias del privilegio de que gocen, siempre que esos acreedores queden sujetos a quita, espera o a ambas en la misma medida que los ordinarios.
3. Tampoco se considera como trato singular la aplicación de las prohibiciones del artículo 318.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Notas de actualización normativa
- Se modifica por el art. único.84 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580
Comentario práctico de Adara Legal
Si el convenio ofrece un «trato singular» a ciertos acreedores o grupos de acreedores, se requiere una doble mayoría para su aprobación: la mayoría general y la misma mayoría dentro del grupo de acreedores no favorecidos por dicho trato. El Tribunal Supremo ha matizado este concepto, aclarando que no constituye trato singular una proposición alternativa ofrecida a todos los acreedores, aunque por sus características solo pueda ser aprovechada por algunos. Sin embargo, sí se consideraría un fraude de ley si, bajo esa apariencia formal de universalidad, se encubre un beneficio aplicable en la práctica a un grupo concreto y predeterminado (TS 13-3-17).
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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