Ley Concursal comentada · Libro I · De la propuesta de convenio
Artículo 332 TRLC. El plan de viabilidad.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
1. Cuando para el cumplimiento del convenio se prevea contar con los recursos que genere la continuación, total o parcial, del ejercicio de la actividad profesional o empresarial, la propuesta deberá ir acompañada, además del plan de pagos, de un plan de viabilidad en el que se especifiquen los recursos necesarios, los medios y condiciones de su obtención y, en su caso, los compromisos de su prestación por terceros.
2. Los créditos comprometidos por acreedores o terceros que se concedan al concursado para financiar la continuidad de la actividad se satisfarán en los términos fijados en el propio convenio.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comentario práctico de Adara Legal
El plan de viabilidad es un documento exigible únicamente cuando para el cumplimiento del convenio se prevea contar con los recursos generados por la continuación de la actividad empresarial. A diferencia del plan de pagos (que detalla las fuentes de ingresos para cumplir el convenio), el plan de viabilidad tiene un carácter más estratégico. Su función es convencer a los acreedores de que el proyecto empresarial es creíble y sostenible a futuro. Como ha señalado la jurisprudencia, el plan de viabilidad no forma parte del contenido dispositivo del convenio y, por tanto, no vincula a las partes como una obligación contractual. Un incumplimiento de las previsiones del plan de viabilidad no constituye, por sí solo, un incumplimiento del convenio (STS 26-3-15).
CAPÍTULO II: De la presentación de la propuesta y de la admisión a trámite
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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