Ley Concursal comentada · Libro I · De la administración concursal
Artículo 99 TRLC. Juez competente y procedimiento aplicable.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
Las acciones previstas en esta sección, cuando se dirijan a exigir responsabilidad civil, se sustanciarán ante el juez que conozca o haya conocido del concurso por los trámites del juicio declarativo que corresponda.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comentario práctico de Adara Legal
La competencia para conocer de las acciones de responsabilidad contra la administración concursal corresponde al propio juez del concurso. El Tribunal Supremo ha confirmado que esta competencia es exclusiva, incluso para la acción individual del art. 98, al considerar que es quien está en mejores condiciones para examinar la actuación de la administración concursal (ATS 14.09.2016). Se tramitará por el juicio declarativo correspondiente, no por el incidente concursal.
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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