Ley Concursal comentada · Libro I · De la declaración de concurso a solicitud de acreedor y de otros legitimados
Artículo 16 TRLC. Emplazamiento del deudor.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-12.
Texto del artículo
1. Admitida a trámite la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia procederá al emplazamiento del deudor. Si no se conociera el domicilio de este o el resultado del emplazamiento fuera negativo, se utilizarán, de oficio o a instancia de parte, los medios oportunos para averiguar el domicilio o residencia del deudor conforme a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil .
2. Cuando en el domicilio registral del deudor persona jurídica no pudiera esta ser emplazada y no se conociera el domicilio real, el Letrado de la Administración de Justicia deberá dirigirse al registro público en el que se encuentre inscrita dicha persona para determinar la identidad de los administradores, liquidadores o directores generales de la entidad. Una vez identificados, el emplazamiento de la persona jurídica deudora se realizará a través de dichos administradores, liquidadores o directores generales.
3. Cuando el Letrado de la Administración de Justicia agotara todas las vías para el emplazamiento del deudor, el juez podrá declarar el concurso con base en los documentos que acompañaren a la solicitud, a las alegaciones del solicitante o solicitantes y a las averiguaciones que se hubieran realizado.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Comentario práctico de Adara Legal
El emplazamiento es un trámite crucial para garantizar el derecho de defensa del deudor. El LAJ debe agotar todos los medios para localizarlo. Para las personas jurídicas, si no se localizan en su domicilio registral, se prevé un mecanismo de averiguación a través del Registro Mercantil para emplazar a través de sus administradores. Solo si todos los intentos fracasan, se puede declarar el concurso "en rebeldía".
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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