Ourense ha registrado un récord histórico de peticiones de concurso de acreedores de personas físicas —el mecanismo previsto en la Ley de la Segunda Oportunidad para resolver situaciones de sobreendeudamiento— durante el primer trimestre de 2026. Según las estadísticas del Colegio de Registradores de la Propiedad, en ese período se presentaron 41 solicitudes, frente a la única solicitud del primer trimestre de 2021.
El dato confirma una tendencia de tres años consecutivos de duplicación: 11 solicitudes en 2024, 22 en 2025 y 41 en el arranque de 2026, siempre sobre el mismo trimestre de referencia. Ourense se sitúa así entre las provincias con mayor crecimiento del uso de la segunda oportunidad en términos relativos.
Perfil del solicitante
La letrada judicial de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Ourense Plaza nº 4, Paula Arango, describe un perfil mayoritario de «persona física o administrador único de un negocio que ya no ejerce, un consumidor no empresario, sin actividad económica actual, que generalmente ha sido avalista de un familiar o de alguien cercano, o un pensionista con menores a su cargo a los que mantiene con la pensión».
Arango advierte, además, de dos perfiles en ascenso. Por un lado, «extranjeros nacionalizados que arrastran varios créditos por viajar a su país de origen». Por otro, «jóvenes que viven en casa de sus padres, en paro o con trabajos precarios, que no se pueden independizar y encadenan microcréditos y tarjetas revolving», con intereses que pueden acumularse hasta el 20% anual.
Cuantías habituales
La deuda media para iniciar un concurso de persona física en Ourense oscila entre 15.000 y 70.000 euros, si bien se han exonerado deudas matrimoniales de hasta 200.000 euros. El volumen de deuda y la composición del pasivo (microcréditos, tarjetas revolving, avales, deudas con la Seguridad Social o con la Agencia Tributaria) condicionan tanto la duración del procedimiento como el alcance de la exoneración.
Qué implica la segunda oportunidad
El mecanismo permite a una persona física de buena fe, insolvente y sin capacidad de pago, cancelar total o parcialmente sus deudas tras liquidar su patrimonio embargable y, en su caso, cumplir un plan de pagos. La ley exige no haber sido declarado culpable de la insolvencia, no haber rechazado una oferta de empleo adecuada y haber intentado, cuando proceda, un acuerdo extrajudicial de pagos.
El crecimiento de Ourense ilustra cómo la segunda oportunidad, concebida como instrumento excepcional, se está consolidando como vía ordinaria de recuperación para hogares y pequeños autónomos asfixiados por sobreendeudamiento, y por qué resulta clave una buena planificación documental desde la primera solicitud.
Fuente: La Región, «Récord de peticiones en Ourense para el perdón legal de las deudas», 1 de junio de 2026, con datos del Colegio de Registradores de la Propiedad y de la letrada judicial Paula Arango (Sección Civil del Tribunal de Instancia de Ourense Plaza nº 4).