Ley Concursal comentada · Libro I · De la aceptación de la propuesta de convenio
Artículo 355 TRLC. Formas de adhesión y de oposición.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Texto del artículo
La adhesión o la oposición a la propuesta de convenio habrá de efectuarse por escrito con firma ológrafa o electrónica basada en un certificado cualificado que se entregará o remitirá a la administración concursal con acreditación de la identidad del firmante y, en su caso, de las facultades representativas que tuviere.
Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.
Notas de actualización normativa
- Se modifica por el art. único.83 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580
Comentario práctico de Adara Legal
Este artículo regula los requisitos formales de la adhesión. Debe ser por escrito y presentarse ante la administración concursal. Se admite tanto la firma manuscrita tradicional como la firma electrónica cualificada, lo que facilita la tramitación telemática del proceso de aceptación del convenio y dota de validez a la manifestación de voluntad.
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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