Artículo 202 TRLC. Relaciones complementarias.

Ley Concursal comentada · Libro I · Del inventario de la masa activa

Artículo 202 TRLC. Relaciones complementarias.

Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.

Texto del artículo

1. Al inventario se añadirá una relación de todos los litigios cuyo resultado pueda afectar a la masa activa y otra comprensiva de cuantas acciones debieran promoverse, a juicio de la administración concursal, para la reintegración de esa masa.

2. En ambas relaciones se informará sobre la viabilidad, los riesgos, los costes y las posibilidades de financiación de las correspondientes actuaciones judiciales.

Fuente oficial: BOE · Texto Refundido de la Ley Concursal.

Comentario práctico de Adara Legal

El inventario no solo incluye los bienes presentes, sino también los potenciales. La administración concursal debe listar los litigios en curso y, muy importante, las acciones de reintegración (rescisión) que considera viable ejercitar. Esto proporciona a los acreedores una visión completa del activo real y potencial de la concursada.

Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.

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