El Consejo General del Poder Judicial informa el 29 de julio de 2026 de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que aplica la doctrina del Tribunal Supremo sobre la prueba de las horas extraordinarias cuando existe un horario fijo pactado.
La resolución da la razón a la empresa y revoca una condena al pago de 2.547 euros por horas extra, dietas y plus de transporte. La Sala considera que la falta de registro horario no permite tener por acreditadas automáticamente las horas reclamadas si el trabajador no aporta indicios de exceso de jornada.
La noticia es relevante para empresas y trabajadores porque conecta registro horario, carga de la prueba y reclamación salarial, una materia con impacto directo en la gestión laboral diaria.
Desde una lectura práctica, conviene documentar horarios, incidencias y excesos reales de jornada para reducir litigios y evitar que la falta de prueba desplace todo el peso del conflicto al procedimiento judicial.
Fuente: información publicada por CGPJ el 29 de julio de 2026. Ver noticia original aquí.
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