Cinco Días publica hoy un análisis de una sentencia del Tribunal Supremo de 4 de junio de 2026 sobre sociedades interpuestas y sanciones tributarias. La resolución distingue entre la regularización de rentas por simulación y la agravación sancionadora por utilización fraudulenta de una entidad interpuesta.

La clave, según la información publicada, está en que no basta con afirmar que el profesional facturaba a través de una sociedad sin medios suficientes. Para calificar la infracción como muy grave por el artículo 184.3.c) de la Ley General Tributaria, la Administración debe acreditar la finalidad concreta de ocultar la identidad del verdadero obligado tributario.

La doctrina es relevante porque puede marcar la diferencia entre una sanción ordinaria y una multa agravada de hasta el 150% de la cantidad dejada de ingresar. También refuerza la necesidad de motivar con precisión los acuerdos sancionadores y de separar el plano de la regularización tributaria del plano punitivo.

En la práctica, la noticia interesa a profesionales y empresas que operan mediante sociedades de servicios, así como a administradores que afrontan inspecciones donde la Administración discute sustancia económica, medios materiales, imputación de rentas o estructuras de facturación.

Fuente: información publicada por Cinco Días el 2026-07-22. Ver origen de la noticia aquí.

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