El País informa este 21 de agosto de 2026 de una sentencia de la Audiencia de Barcelona que obliga a la Agencia Tributaria de Cataluña a devolver dos embargos practicados en 2022.

El tribunal razona que el afectado percibía una pensión de invalidez permanente absoluta inferior al salario mínimo interprofesional, por lo que esas cantidades eran inembargables conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley General Tributaria.

La resolución también rechaza las objeciones procesales de la Administración al apreciar que el contribuyente no fue correctamente informado, y ordena la devolución de los importes con intereses de demora.

La noticia es relevante porque recuerda que la recaudación administrativa debe respetar los límites de inembargabilidad y las garantías de información al contribuyente, incluso cuando existen sanciones pendientes.

Fuente: información publicada por El País el 2026-08-21. Ver fuente original: El País.

En Adara Legal podemos ayudarte en este asunto. Si esta cuestión afecta a tu empresa, a tu patrimonio o a una situación jurídica cercana, puedes consultar nuestros servicios relacionados aquí: contratos, obligaciones y conflictos con impacto económico.

error: Content is protected !!