La Comisión Europea ha decidido ampliar el procedimiento de infracción abierto contra España desde marzo de 2019 por considerar que la legislación fiscal española sigue discriminando a los ciudadanos no residentes en el tratamiento de los rendimientos del alquiler de inmuebles. El expediente, que llevaba años en curso, vuelve a activarse y sitúa a España ante la obligación de modificar su normativa o asumir un dictamen motivado que podría acabar en el Tribunal de Justicia de la UE, según informa IberoEconomía.

El núcleo de la disputa está en las reducciones aplicables a los rendimientos del capital inmobiliario obtenidas por no residentes. Mientras los residentes pueden aplicar reducciones por arrendamiento de vivienda habitual y otros incentivos fiscales vinculados al alquiler residencial, los no residentes —en muchos casos ciudadanos comunitarios que viven y tributan en otros países de la UE— no acceden a esos mismos beneficios, lo que la Comisión considera contrario a la libre circulación de capitales y a la no discriminación por razón de residencia prevista en los Tratados.

Según recoge también Capital, el expediente abierto en 2019 llevaba años en una fase técnica sin avances visibles. El nuevo impulso de la Comisión coincide con un momento en el que el mercado del alquiler atraviesa una fuerte presión política y regulatoria en España, tras la aprobación de la Ley de Vivienda y la creación de zonas tensionadas, y reaviva el debate sobre el encaje del régimen fiscal español con la normativa europea.

El expediente, una vez formalizada la ampliación, sitúa al Gobierno ante dos opciones:

  • Modificar la normativa fiscal para extender a los no residentes las mismas reducciones y beneficios de los que ya gozan los residentes, en línea con los criterios del TJUE.
  • Defender el modelo actual ante la Comisión, asumiendo el riesgo de un dictamen motivado y, eventualmente, de una sentencia del TJUE que condene a España y obligue a devolver las cantidades indebidamente liquidadas.

En la práctica, la apertura de un procedimiento de infracción de estas características suele traducirse en un plazo de dos meses para que el Estado afectado responda y, en su caso, subsane las deficiencias señaladas. Si la respuesta no se considera satisfactoria, la Comisión puede emitir un dictamen motivado, paso previo a la posible elevación del asunto al TJUE.

Para los contribuyentes no residentes con alquileres en España, el expediente abre un escenario de oportunidad, aunque todavía no de derechos consolidados. Quienes hayan tributado en los últimos años sin aplicar las reducciones reservadas a residentes pueden analizar individualmente la procedencia de solicitudes de rectificación de autoliquidación y, en su caso, de recursos contra las liquidaciones provisionales o definitivas de la AEAT, a la espera de la evolución del procedimiento.

En Adara Legal trabajamos con residentes y no residentes en el diseño de estrategias fiscales sobre el alquiler en España, incluida la defensa frente a la AEAT y la valoración del impacto de la normativa europea sobre la residencia fiscal. Si es usted no residente con inmuebles en alquiler en España, conviene revisar su situación antes de que el procedimiento europeo evolucione y fije plazos y criterios que pueden afectar a próximos ejercicios.

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