Ley Concursal comentada · Libro I · De la tramitación del procedimiento
Artículo 522 TRLC. Aplicación facultativa del procedimiento abreviado.
Texto consolidado del artículo y comentario práctico de Adara Legal. Última revisión editorial: 2026-05-13.
Notas de actualización normativa
- Se suprime por el art. único.135 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580
Comentario práctico de Adara Legal
La reforma de 2022 ha derogado el procedimiento abreviado, que era una versión simplificada del concurso para deudores de menor tamaño. Ha sido sustituido por el nuevo "procedimiento especial para microempresas" regulado en el Libro Tercero, lo que ha llevado a la supresión de este y los siguientes artículos, simplificando la estructura procesal.
Bajo la legislación anterior, el procedimiento abreviado era el cauce por el que se tramitaba el denominado 'concurso consecutivo', que se abría tras el fracaso de un acuerdo extrajudicial de pagos. La ley establecía que dicho concurso se regiría por las normas del abreviado con ciertas especialidades (art. 242 de la antigua Ley Concursal). Con la supresión de ambas figuras, el legislador ha optado por un sistema completamente nuevo para las insolvencias de menor tamaño.
Comentario recuperado y estructurado a partir del material previo de Adara Legal. Debe revisarse en cada actualización sustantiva para contrastar normativa y jurisprudencia vigente.
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