Fuente: CGPJ.
El CGPJ publica el 19 de junio de 2026 una resolución del Tribunal de Instancia de Bilbao que anula la denegación de residencia temporal a un ciudadano extranjero que actuaba como guardador de hecho con facultades tutelares de dos menores españolas.
El juzgado considera que la Administración analizó el caso desde un precepto inadecuado, como si el permiso se pidiera para cuidar a la madre, cuando la clave era permitir el cumplimiento de las obligaciones tutelares fijadas por un juzgado de Getxo.
La sentencia subraya la situación de vulnerabilidad del núcleo familiar, formado por una mujer víctima de violencia de género y sus dos hijas menores, y aplica perspectiva de género en el orden contencioso-administrativo.
El interés jurídico está en la conexión entre extranjería, protección de menores, ejecución de medidas judiciales de guarda y control de la motivación administrativa en la denegación de autorizaciones de residencia.
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