Artículo 21 LAU. Conservación de la vivienda.


Ley de Arrendamientos Urbanos comentada

Artículo 21 LAU. Conservación de la vivienda.

Texto oficial consolidado, comentario práctico de Adara Legal y claves de aplicación del artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

← Volver al índice LAU comentada · Fuente normativa: BOE consolidado · Revisión editorial: mayo de 2026.

Texto oficial consolidado

Comentario práctico de Adara Legal

La conservación de la vivienda es una fuente constante de conflicto. El arrendador debe mantener la habitabilidad, mientras que el arrendatario responde de pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario y de daños que le sean imputables.

La clave es probar origen, urgencia, comunicación y coste. Humedades, calderas, electrodomésticos, instalaciones y desperfectos deben gestionarse con avisos fehacientes, fotografías, partes técnicos y presupuestos. Si el problema afecta a la habitabilidad, el tratamiento jurídico cambia y puede tener impacto en renta, resolución o reclamación de daños.

Las Audiencias Provinciales suelen diferenciar reparación necesaria, pequeña reparación por uso ordinario y daño imputable. La prueba pericial, fotografías, comunicaciones previas y rapidez de aviso son decisivas para evitar que una avería acabe convertida en imputación cruzada.

La primera comunicación de avería suele decidir el pleito: fecha, fotos, vídeos, presupuesto, urgencia y acceso para reparar. El silencio o las reparaciones unilaterales sin prueba complican la reclamación posterior.

Claves prácticas

  • Distinguir conservación, mejora, adaptación y daño imputable.
  • Documentar fotografías, informes técnicos, presupuestos y avisos.
  • Valorar si la vivienda o local puede usarse normalmente durante la incidencia.
  • Valorar jurisprudencia y práctica probatoria antes de adoptar una posición procesal.

Preguntas frecuentes

¿Qué importancia práctica tiene el artículo 21 de la LAU sobre conservación de la vivienda?

Sirve para fijar el marco de derechos y obligaciones que debe revisarse antes de firmar, modificar, resolver o reclamar un contrato de arrendamiento.

¿Qué conviene comprobar antes de aplicar el artículo 21 de la LAU?

Conviene revisar el contrato firmado, el uso real del inmueble, las comunicaciones entre las partes, la prueba disponible y las posibles reglas especiales aplicables por vivienda habitual, local, gran tenedor, zona tensionada o normativa autonómica.

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