Economist & Jurist publica que Cataluña ha modificado el tratamiento fiscal de las donaciones mortis causa, que pasan a tributar como adquisición por causa de muerte.
La pieza vincula el cambio a la entrada en vigor de la Ley 11/2026, de 14 de julio, y señala que la comunidad autónoma abandona el criterio que equiparaba estas operaciones a donaciones entre vivos.
La consecuencia jurídica y fiscal es relevante para la planificación patrimonial: el título sucesorio puede alterar la carga tributaria y obliga a revisar operaciones previstas o ya diseñadas bajo el criterio anterior.
Para familias, empresas familiares y asesores, el cambio exige revisar documentación, pactos sucesorios y escenarios de transmisión patrimonial en Cataluña con una lectura fiscal actualizada.
Fuente: información publicada por Economist & Jurist el 2026-08-15. Ver noticia original aquí.
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