El BOE de 6 de octubre de 2026 publica la Orden TRM/1034/2026, de 1 de octubre, que establece adaptaciones y concreciones sobre las ayudas a sectores del transporte terrestre por ferrocarril vinculadas al incremento de costes energéticos derivado de la crisis en Oriente Medio.
La norma conecta las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 9/2026 y en el Real Decreto-ley 18/2026 con el régimen de ayudas de Estado. Entre otros aspectos, concreta condiciones exigibles a los beneficiarios, reglas de compatibilidad y acumulación, obligaciones documentales y criterios para evitar sobrecompensaciones.
El punto más relevante para empresas beneficiarias es que la Administración podrá comprobar posteriormente si la ayuda percibida supera el límite aplicable. Los importes que excedan del 70% de los costes adicionales deberán recuperarse, junto con los intereses correspondientes.
La orden exige conservar y facilitar documentación sobre consumo, costes, ayudas recibidas y variaciones relevantes. Por eso, además de tramitar correctamente la solicitud, conviene revisar el expediente de justificación y la trazabilidad económica de las ayudas acumuladas.
Fuente: BOE, Orden TRM/1034/2026, de 1 de octubre.
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