Desahucio de Vivienda Habitual en Barcelona | Adara Legal

DESAHUCIOS BARCELONA — PROTECCIÓN DE LA VIVIENDA

Desahucio de Vivienda Habitual en Barcelona

Marco de protección para familias en riesgo de pérdida de su vivienda habitual en Barcelona y provincia.

Despacho en Madrid con servicio especializado para clientes en Barcelona y provincia. Contenido informativo jurídico.

Protección de la vivienda habitual: un derecho fundamental

Colectivos con protección reforzada

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Qué hacer si su vivienda habitual está en riesgo de desahucio

Preguntas frecuentes

¿Puede suspenderse un lanzamiento de vivienda habitual en Barcelona?

Sí, cuando concurre alguna de las situaciones de vulnerabilidad reguladas. La solicitud debe presentarse ante el juzgado acompañando la documentación acreditativa (certificado de servicios sociales, libro de familia, certificado de discapacidad, certificación de失业, etc.). La suspensión no es automática y debe ser expresamente solicitada.

¿Qué pasa con las deudas después de perder la vivienda habitual?

Si queda deuda residual tras la ejecución de la garantía hipotecaria (déficit ejecutorio), esta deuda puede ser reclamada por el acreedor. Sin embargo, la Ley de Segunda Oportunidad permite exonerar este tipo de deudas tras un procedimiento de concurso de persona natural, liberando al deudor de la carga económica residual.

¿Qué papel tiene el Ayuntamiento de Barcelona en los desahucios?

El Ayuntamiento de Barcelona, a través de los servicios sociales y la Mesa de emergencia social, puede intervenir en lanzamientos de vivienda habitual ofreciendo mediación entre las partes, propuesta de realojo temporal, o soluciones de ayuda al pago del alquiler. La Generalidad de Cataluña gestiona además la Renta de Alquiler y el programa de mediación hipotecaria.

¿Un propietario puede vender el inmueble durante el procedimiento de desahucio?

Sí, el propietario puede vender el inmueble en cualquier momento. El adquirente asume el inmueble en la situación en que se encuentre, incluido el procedimiento de desahucio en curso, salvo que se acredite que el comprador conocía y aceptó expresamente la situación arrendaticia.

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¿Su vivienda habitual está en riesgo? Le ayudamos.

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