El Tribunal Supremo ha dejado claro, con sus sentencias de febrero de 2026, que la deuda pública —es decir, lo que debemos a Hacienda y a la Seguridad Social— no bloquea automáticamente el acceso a la segunda oportunidad. ¿Y cómo funciona el límite? Es sencillo. El límite de exoneración de deuda pública no es global, sino que se aplica de forma individualizada por cada acreedor público. Hasta 10.000 euros con Hacienda, otros 10.000 euros con la Seguridad Social, y así con cada administración. Además, los intereses, recargos y sanciones —aunque sean créditos subordinados— también se exoneran por completo, sin que computen dentro de ese límite de 10.000 euros. Esto es relevante para autónomos, empresas y familias que tienen deudas tributarias o con la Seguridad Social y llevan tiempo sin encontrar salida. La doctrina del Supremo cambia el panorama. Si quieres saber si tu caso puede beneficiarse de estas resoluciones, habla con un equipo especializado.
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